¿Qué sucede cuando muere una mujer Lesbiana o con pareja del mismo sexo?

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¿QUÉ SUCEDE CUANDO MUERE UNA MUJER LESBIANA O UN HOMBRE HOMOSEXUAL SOLTERA(O) O CON PAREJA DEL MISMO SEXO?

La siguiente cartilla fue donada por el abogado y activista Germán Humberto Rincón Perfetti a la Corporación Femm.

El autor y la Corporación Femm autorizan su uso y difusión.

"Este documento ha sido redactado con base en mi experiencia en el manejo de muchos casos de personas sin pareja o parejas del mismo sexo, cuando fallece(n). Dolorosamente he tenido consultas de personas que luego de terminar las exequias de su pareja han tenido que acudir inmediatamente a buscar asesoría legal, mientras que la familia va por otro camino para quedarse con los bienes el mismo día."


ASUNTOS RELACIONADOS CON LOS BIENES DE UNA PERSONA HOMOSEXUAL SOLTERA SIN PAREJA

HERENCIA

¿Quiénes pueden heredar a una persona homosexual?

Se pueden presentar dos situaciones:

  1. La persona dejo su voluntad mediante un testamento
  2. La persona no dejó testamento.
  3. Dejar un testamento

La ley permite a cualquier persona hacer su testamento y revocarlo cuantas veces lo desee. El testamento se puede hacer así la persona no tenga bienes, ya que en el futuro los puede adquirir o viceversa.

¿En donde se lleva a cabo el testamento?

En una notaria de cualquier ciudad. Cuando la persona no pueda acudir a la sede de la Notaría, ésta tiene la obligación de desplazarse al lugar en el cual se encuentre la persona (casa, hospital). Cuando la persona no reside en el territorio colombiano se puede llevar a cabo en cualquier Consulado de Colombia en el exterior en cumplimiento de las funciones notariales asignadas.

¿Que se requiere para hacer un testamento escrito?

Presentarse con los testigos, quienes no pueden ser familiares entre sí, o de la persona que va a testar, ni beneficiarios de la herencia, ni empleados de la persona que va a testar o de la notaría en la cual se lleva a cabo la diligencia.

Se puede testar de dos formas

A) Testamento abierto: cualquier persona podrá leerlo en cualquier momento, y se hace en compañía de tres testigos. (las personas que sirvan de testigos no pueden ser familiares de quien hace el testamento, ni entre ellas, ni empleados(as) del(a) testador(a), ni beneficiarias dentro del testamento.
B) Testamento cerrado: la declaración de voluntad permanece oculta en un sobre cerrado, el cual se abre luego de la muerte, caso en el cual se requiere de cinco testigos para constituirlo.

¿En Colombia se puede testar libremente?

No. Siempre que una persona desee hacer su testamento debe tener en cuenta las llamadas “asignaciones forzosas” es decir, alimentos que por ley debe dar a ciertas personas, la porción conyugal, las legítimas y la cuarta de mejoras en la sucesión de los descendientes.

¿Son válidos los documentos que haya dejado la persona escritos de su puño y letra o autenticados en los cuales señale a quienes quiere dejarle sus bienes?

No, únicamente es válido el testamento (ya sea verbal o escrito)

¿Qué ocurre cuando la persona que hace el testamento es soltera, no tiene hijos y sus padres han fallecido?

En este caso puede disponer totalmente de sus bienes y a quien quiera, es decir, la ley no le obliga a dejarle a ningún familiar o persona o institución en particular.

¿Qué ocurre cuando las circunstancias no permiten ir a la Notaría, o que la Notaría vaya a donde está la persona enferma?

Se puede llevar a cabo el TESTAMENTO VERBAL y para ello se requiere:

a. Que la persona enferma haga sus manifestaciones o declaraciones estando en cabal juicio, es decir, en estado de lucidez.
b. Que esté en peligro de fallecer.
c. Las manifestaciones las debe hacer frente a tres o más personas que no sean las beneficiarias de los bienes.
d. Expresar que desea testar y a favor de quien(es).

El testamento verbal no tendrá valor si la persona fallece 30 días después de la fecha en la cual se haya hecho la manifestación de testar.

Si el(a) testador(a) fallece dentro de los treinta días siguientes a la fecha en la cual testó verbalmente, la ley exige además, que dentro de los treinta días siguientes se presente mediante abogado una solicitud al Juzgado de Familia para que mediante sentencia reconozca la voluntad de la persona fallecida, para luego poder iniciar el proceso de sucesión.
Solamente dentro de estos estrictos plazos se pueden llevar a cabo las diligencias, luego de ello no se puede reclamar.

¿Se pueden incluir otras manifestaciones en un testamento?

Si. Recomiendo incluir declaraciones relacionadas al derecho a morir dignamente, la eutanasia, autorización para que sea la pareja quien decida procedimientos, medicamentos en caso de inconsciencia o muerte cerebral, tema relacionados con las exequias, agradecimientos, constancias, etcétera.

SUCESIÓN

¿Qué personas pueden ser beneficiarias de los bienes?

Depende de la circunstancia:

1. Cuando la persona en vida expresó conforme los requerimientos legales a quien deseaba dejarle sus bienes mediante testamento escrito o verbal.

2. Cuando la persona no dejo testamento escrito, ni verbal. En este caso la ley estableció los denominados “órdenes hereditarios” es decir la prelación de quienes heredan. Podemos decir que se aplica un concepto de “cruz” es decir, primero desciende y busca a l@s hij@s o niet@s de la persona fallecida. Si existen serán las beneficiarias y con ellas se lleva a cabo el proceso de sucesión. Al no existir se “asciende” buscando madre y padre o alguno de ellos. Si esta(n) vivo(s) serán los herederos, pero de no estar, se “extiende” y busca las hermanas y los hermanos y a los y las hijas de éstos (sobrin@s). Si no hay ninguna de todas las personas mencionadas anteriormente los bienes serán para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Es decir ti@s no heredan, como tampoco prim@s, ni otras personas de la familia, no enunciadas anteriormente.

¿Ante quién se tramita el proceso de sucesión?

1. Cuando las personas beneficiarias se encuentran de común acuerdo y tienen la posesión de los bienes el trámite se lleva a cabo en Notaria.
2. Cuando no hay común acuerdo y/o no se tiene la posesión de los bienes: el caso se tramita ante juzgado de familia.

¿Cómo se puede saber si la familia de la persona fallecida está adelantando un proceso de sucesión?

Se recomienda prestar atención y periódicamente averiguar si presentaron la documentación en alguna notaria o en juzgado. Lo anterior con el fin de hacerse parte de las diligencias y prepararse para la oposición.

La información notarial se puede averiguar en la Superintendencia de Notariado y Registro (todas las notarias del país deben avisar allí cuando inician el trámite de un proceso de sucesión)
Si el trámite se presenta ante juzgado se recomienda ir a la oficina de reparto de juzgados de familia del lugar en el cual murió la persona o en la ciudad en la cual tenía su sede principal.

¿Qué ocurre cuando la persona homosexual tenía pareja?

Debe tomarse en cuenta la situación de pareja, es decir, si llevaban más de dos años o no completan ese tiempo. Esta información cambia la situación legalmente.

Existiendo pareja con más de dos años debe liquidarse primero la unión marital de hecho ya sea de común acuerdo o acudiendo a la justicia de familia.

Los textos de las cartillas pueden ser leídos on-line o descargar el archivo en formato PDF haciendo click en el ícono respectivo.

CARTILLA DE DERECHOS HUMANOS DE MUJERES LESBIANAS, HOMBRES HOMOSEXUALES, PERSONAS BISEXUALES Y PERSONAS TRANSGENERISTAS.

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CARTILLA EL DERECHO A LA INTIMIDAD Y EL DERECHO DE PETICIÓN.

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CARTILLA LA ACCIÓN DE TUTELA Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES LESBIANAS, LOS HOMBRES HOMOSEXUALES, LAS PERSONAS BISEXUALES Y LAS PERSONAS TRANSGENERISTAS.

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CARTILLA ¿QUÉ SUCEDE CUANDO MUERE UNA MUJER LESBIANA O UN HOMBRE HOMOSEXUAL SOLTERA(O) O CON PAREJA DEL MISMO SEXO?

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